La Oficina de Asistencia a Sobrevivientes fue establecida por la Ley Pública 110-389, Título II, Sección 222, en octubre de 2008, para servir como un recurso con respecto a todos los beneficios y servicios proporcionados por el Departamento a los Sobrevivientes y Dependientes de Veteranos y miembros fallecidos. de las Fuerzas Armadas. OSA también actúa como asesor principal del Secretario de Asuntos de Veteranos y promueve el uso de los beneficios, programas y servicios de VA para los sobrevivientes.
Al leer este sitio web, OSA espera que los sobrevivientes y dependientes, los veteranos, sus familias, los cuidadores y otros conozcan mejor los beneficios y servicios que ofrece VA a los sobrevivientes y dependientes elegibles, y tomen los siguientes pasos. para postularse, si se considera elegible.
OSA mejorará continuamente el diseño, el contenido y los tipos de comunicaciones de este sitio web a medida que avancemos y agradecemos cualquier sugerencia que pueda tener sobre cómo podemos modificarlo aún más. Además, si tiene alguna pregunta o inquietud, revise nuestra Preguntas frecuentes (FAQ) para determinar si se han abordado. Si no se abordan en esta sección, contáctenos en [email protected].
Puedes ver el Guía rápida para sobrevivientes aquí.
Acceda a los formularios de solicitud e informaciónaquí.
Para ver más recursos, haga clic aquí.