La Oficina de Asistencia a Sobrevivientes fue establecida por la Ley Pública 110-389, Título II, Sección 222, en octubre de 2008, para servir como un recurso con respecto a todos los beneficios y servicios proporcionados por el Departamento a los Sobrevivientes y Dependientes de Veteranos y miembros fallecidos. de las Fuerzas Armadas. OSA también actúa como asesor principal del Secretario de Asuntos de Veteranos y promueve el uso de los beneficios, programas y servicios de VA para los sobrevivientes.

Al leer este sitio web, OSA espera que los sobrevivientes y dependientes, los veteranos, sus familias, los cuidadores y otros conozcan mejor los beneficios y servicios que ofrece VA a los sobrevivientes y dependientes elegibles, y tomen los siguientes pasos. para postularse, si se considera elegible.

OSA mejorará continuamente el diseño, el contenido y los tipos de comunicaciones de este sitio web a medida que avancemos y agradecemos cualquier sugerencia que pueda tener sobre cómo podemos modificarlo aún más. Además, si tiene alguna pregunta o inquietud, revise nuestra  Preguntas frecuentes (FAQ) para determinar si se han abordado. Si no se abordan en esta sección, contáctenos en [email protected].

Puedes ver el  Guía rápida para sobrevivientes aquí.

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Office of Survivors Assistance Enviar correo electrónico
(800) 827-1000
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